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Fiscalidad8 min12 abr 2025

Guía completa del Modelo 151 y el Régimen Beckham

Todo lo que necesitas saber sobre la tributación especial para impatriados: quién puede acogerse, cómo solicitarlo, plazos y diferencias con el IRPF ordinario.

Modelo 151Régimen BeckhamIRPFimpatriados

¿Qué es el Régimen Beckham?

El régimen especial de impatriados, popularmente conocido como Ley Beckham, aplica reglas especiales a determinados contribuyentes desplazados a España que cumplen el artículo 93 LIRPF. Para los rendimientos sujetos a la escala especial, el 24 % se aplica hasta 600.000 € y el 47 % sobre el exceso.

Su nombre popular proviene del futbolista David Beckham, que lo utilizó al fichar por el Real Madrid en 2003, aunque desde entonces el régimen se ha reformado en varias ocasiones.

¿Quién puede acogerse?

La elegibilidad debe revisarse según la causa concreta del desplazamiento y los requisitos vigentes. El régimen ya no se limita a un contrato laboral clásico: contempla, entre otros supuestos legales, determinados administradores, teletrabajo internacional y ciertas actividades emprendedoras o profesionales. Antes de optar se verifica también la residencia fiscal previa y la documentación exigida por la AEAT.

¿Cuánto se paga con el Modelo 151?

Base imponibleTipo aplicable
Hasta 600.000 €24 %
Exceso sobre 600.000 €47 %

Las rentas no se clasifican como exentas únicamente por haberse obtenido fuera de España. Debe aplicarse la regla especial del artículo 93 LIRPF y, cuando corresponda, las reglas del IRNR al tipo concreto de renta.

Cómo solicitar la opción al régimen

La solicitud se presenta mediante el Modelo 149 ante la AEAT, dentro del plazo de 6 meses desde la fecha de inicio de la actividad en España según el contrato de trabajo o desde la fecha de alta en la Seguridad Social.

Una vez aprobado, el régimen se aplica durante el año de desplazamiento y los 5 siguientes.

Diferencias clave con el IRPF ordinario

AspectoRégimen BeckhamIRPF ordinario
Tipo impositivo24 % (fijo hasta 600.000 €)19 % - 47 % (progresivo)
Rentas extranjerasEn general exentasTributación mundial
Modelo de declaraciónModelo 151Modelo 100
DuraciónHasta 6 añosIndefinido
Reducción por rendimientos del trabajoNo aplicaSí aplica

¿Conviene acogerse siempre?

No necesariamente. Si tus ingresos son bajos o tienes muchas deducciones personales (hipoteca, hijos, etc.), el tipo progresivo del IRPF ordinario puede resultar más beneficioso. Es imprescindible hacer el cálculo comparativo antes de optar por este régimen.

En EXPERT te ayudamos a evaluar tu situación y a tramitar el Modelo 149 si decides acogerte.

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